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Explore remates judiciales, concursales y fiscales publicados en 9 comunas de la región III, con capital en Copiapó. Datos de fuentes oficiales, actualizados diariamente.
Los remates judiciales en Chile se originan cuando un acreedor (típicamente un banco por una deuda hipotecaria impaga) obtiene una sentencia y solicita al tribunal civil el remate del inmueble embargado. El proceso está regulado por el Código de Procedimiento Civil y se publica mediante avisos en el Diario Oficial y periódicos de circulación nacional antes de la fecha de subasta.
Actualizado diariamente desde fuentes oficiales · 2026
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El tribunal fija fecha, hora y mínimo de subasta con base en el avalúo fiscal o una tasación pericial. Los interesados deben consignar una garantía (vale vista o depósito) antes del remate para poder participar. La subasta se realiza en la secretaría del tribunal o en el lugar que éste determine, y se adjudica al mejor postor sobre el mínimo. El comprador debe pagar el saldo del precio dentro del plazo fijado en las bases, tras lo cual se extiende la escritura de compraventa e inscripción.
El acreedor obtiene una sentencia favorable y el tribunal ordena el embargo del inmueble, que se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. El deudor es notificado y puede oponerse dentro de los plazos legales.
El tribunal designa un perito tasador o utiliza el avalúo fiscal SII vigente. El mínimo de subasta se fija habitualmente en dos tercios de ese valor, salvo que las bases del remate establezcan un porcentaje distinto.
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Se publican avisos del remate en un diario de circulación nacional y, en la práctica, en el Boletín Concursal y portales especializados, indicando fecha, hora, mínimo y requisitos de garantía.
Solicite las bases del remate y el certificado de dominio vigente, hipotecas, gravámenes y prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces. Verifique deudas de contribuciones y gastos comunes pendientes.
Antes del remate, los postores deben consignar una garantía (habitualmente 10% del mínimo) mediante vale vista bancario a la orden del tribunal, según lo indiquen las bases.
La subasta se realiza en la secretaría del tribunal o en el lugar señalado. El martillero o receptor judicial dirige la puja; se adjudica al mejor postor sobre el mínimo fijado.
El adjudicatario debe pagar el saldo del precio dentro del plazo establecido en las bases (habitualmente días hábiles). Cumplido el pago, se extiende la escritura de compraventa y se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces.
Si el inmueble está ocupado por el deudor o terceros, el adjudicatario debe solicitar el lanzamiento judicial para tomar posesión — este trámite y sus costos corren por cuenta del comprador.
Consejo para inversionistas
Antes de ofertar, solicite el expediente judicial completo (bases del remate, informe de tasación, certificado de dominio vigente e hipotecas y gravámenes) en el tribunal o a través de la Oficina Judicial Virtual. Verifique si el inmueble está ocupado — la desocupación, si es necesaria, corre por cuenta del adjudicatario.